No sólo de redes sociales se vive en la era de la información*

Animémonos a pensar en un tipo de regulación que proteja el uso de internet en el país y a dejar de lado propuestas que potencialmente opriman derechos.

 

El debate sobre la regulación de redes sociales en Bolivia se instaló en la agenda pública a medida que diversas voces y colectivos se pronunciaron en rechazo de lo que podría significar una censura de la libre expresión, en caso de que la iniciativa del oficialismo para regular ciertos aspectos de su uso se cristalizara.

Sin embargo, las plataformas de redes sociales[1] –como Facebook o Twitter– son solamente un tipo de aplicación que existe en la world wide web –en sí misma una aplicación que funciona sobre la infraestructura de internet. Lo que parece preocupar al oficialismo son ciertos contenidos que se transmiten en esta red, así como el posible anonimato con el que se puede participar en ella. Al tratar de regular estos aspectos, el gobierno estaría potencialmente atentando contra mucho más que nuestro uso de redes sociales, atentaría contra nuestro libre acceso a internet y contra el funcionamiento estable de la red. Es por esto que vale la pena dar luces sobre aspectos que sí requieren de una regulación que garantice un espacio público digital democrático.

En ese sentido, propongo dos temas que podrían ser mejor encarados si hablamos de internet y no sólo de redes sociales.

Garantizar nuestro derecho a internet

“Regular” no necesariamente debe significar “censurar”, puede también significar garantizar y proteger derechos. Está claro que la propuesta actual de regulación del oficialismo apunta más hacia el lado de censura (al querer prohibir el anonimato, por ejemplo) y que, por sobre todo, no está basada en un entendimiento de cómo funciona internet o de las posibilidades que sus distintas herramientas pueden ofrecer, más allá de las redes sociales. Por eso mismo, si vamos a hablar de leyes, debemos proponer una que garantice nuestro derecho a internet y que limite el poder del Estado de cohibirlo.

Brasil es el primer país en el mundo que logró aprobar una ley que hace esto de forma específica, a través  delMarco Civil de Internet[3]. En esta ley se instituyen derechos y garantías para el uso de internet en ese país, así como qué deberes tienen el Gobierno y los proveedores de internet en cuanto a esta tecnología.  En lugares como Estados Unidos o la Unión Europea, a pesar de no existir una ley tan especializada, existen diversos mecanismos legales que establecen principios similares. Esto sirve para que cualquier ley en relación al internet (por ejemplo, sobre delitos que utilizan información digital) existan en base a principios que no se pueden vulnerar.

Rescato aquí cuatro ejemplos de qué tipo de garantías harían falta en Bolivia.

1) Reconocer la libre expresión, así como la apertura y naturaleza social de internet

Para garantizar que ciertos aspectos del uso de internet no se vean vulnerados por ninguna norma que pueda surgir, el segundo artículo del Marco Civil de Internet brasileño reconoce que la “base de la gobernanza de internet en Brasil es el respeto de la libre expresión” y reconoce “la escala global de la red”, “los derechos humanos, el desarrollo individual y el ejercicio de la ciudadanía a través de medios digitales”, “el pluralismo y la diversidad”, “la apertura y la colaboración”, “el  emprendimiento libre, la competencia libre” y “el propósito social de la red”.[2] Este ejemplo sirve para entender los distintos elementos que entran en juego cuando se pretende regular el flujo de contenidos en internet.

2) Garantías y derechos de los usuarios de internet

Es necesario también establecer principios que garanticen que ninguna ley podrá violar el derecho de la ciudadanía a un servicio de internet transparente y de buena calidad, así como el derecho a la privacidad y a la vida privada, un derecho absoluto sobre datos personales propios (lo que significa que cada ciudadano tenga control sobre cuánto acceso le pueda dar a otros a estos datos), a la confidencialidad de la comunicación establecida a través de internet y al anonimato. Debe también establecerse que la revelación de datos personales o comunicaciones hechas a través de internet requiera de una orden judicial.

3) Garantías para los intermediarios

Los intermediarios son parte fundamental del funcionamiento de internet y el acceso a esta red. Son aquellos actores que proveen acceso a internet (como Entel o AXS) o servicios en esta red (así como redes sociales, motores de búsqueda o espacios web interactivos). Dado que la existencia de intermediarios es necesaria para garantizar las comunicaciones a través de internet, es necesario que éstos estén protegidos por ley de la responsabilidad por contenidos publicados por terceros. Esta necesidad se basa en la idea de que si los intermediarios tuvieran que ser responsables por contenidos de terceros, entonces no tendrían ningún incentivo para brindar sus servicios. Si yo quisiera armar un sitio web interactivo pero existe el riesgo de que yo sea responsable por faltas cometidos por terceros, entonces preferiría no establecer ningún servicio.

Parte de las garantías para los intermediarios incluyen también la necesidad de un debido proceso y de órdenes judiciales para establecer cualquier restricción de contenido. Sobre este principio pueden leer másaquí.

4) Neutralidad de la red

El principio de neutralidad de la red establece que los proveedores de internet deben dar un trato igualitario a todo flujo de datos, sin bloquear acceso a ningún tipo de contenidos y sin acelerar o disminuir la velocidad de tráfico hacia ciertos sitios. Este principio está basado en el debate –que en realidad sigue en marcha– sobre si el trato diferenciado de tráfico de datos puede o no inhibir la innovación en internet o el acceso a esta red. A pesar de que el debate continúa y actualmente se están evaluando los efectos de un trato diferenciado de tráfico de datos en internet, la tendencia sigue a favor de un principio de neutralidad de red que mantenga un flujo de información igualitario tal como fue pensado en el diseño original de internet.

Brecha Digital, Alfabetización y Desigualdad

Con internet llegó la idea de que la expansión de esta red significaría un impulso al desarrollo socioeconómico global y a la lucha contra la desigualdad. Sin embargo, dado que todavía el 60% de la población mundial no tiene acceso a internet, los beneficios de esta red se han visto distribuidos de forma desbalanceada, a favor de aquellos más conectados, con más educación y con mayor capacidad de recibirlos. Por esto mismo, promover políticas públicas que cierren la brecha digital es un imperativo en la era de la información. Pero hacerlo va más allá de enseñar a la niñez en las escuelas cómo “fortalecer el uso de valores” (lo que sea que signifique esto, y cuales sean los valores elegidos) y promover una “buena ortografía” en las redes sociales, tal como propuso el ministro de Educación Roberto Aguilar.

Una alfabetización digital completa debe tomar en cuenta los diferentes niveles de brecha digital que existen –la brecha entre quienes aprovechan las tecnologías de información y comunicación (TIC) y quienes no–, entendiendo que ésta va mucho más allá del acceso físico a una computadora o un celular.

Un primer nivel ocurre en la motivación para usar las TIC. Sin las ganas para aprovecharlas, haya o no acceso físico, se crea una primera división entre quienes quieren usar estas tecnologías y aprovecharlas para algo, y quienes no las aprovecharán en lo absoluto. El acceso físico es otro nivel en esta brecha que implica acceso a una computadora, un celular o una tableta, y acceso a un servicio de internet (ya sea cableado o móvil). Un tercer nivel se refiere a aquellas habilidades relacionadas al mismo medio (poder operar eficientemente computadora o celular, poder navegar software). Y un último nivel se refiere a habilidades relacionadas a contenidos (poder buscar información, poder comunicarse efectivamente, poder crear contenidos, y poder usar la información para lograr objetivos específicos) y uso (poder controlar las configuraciones de privacidad y seguridad de las aplicaciones utilizadas).

En la era de la información, desarrollar todas estas habilidades es necesario para poder acceder y sacarle provecho a la información digital a través de las diversas aplicaciones que hay en internet. Es también necesario para poder enfrentar los riesgos que existen en internet –aquellos riesgos que el oficialismo dice querer atenuar mediante su propuesta de regulación–. Pero más importante aún, es imprescindible para que el país enfrente la desigualdad social y económica que existe actualmente dada la brecha digital. Un gobierno que dice ser progresista no puede obviar la importancia de impulsar políticas de acceso e inclusión digital.

Entonces, ¿regulamos internet en Bolivia?

Animémonos a pensar en un tipo de regulación que proteja el uso de internet en el país y a dejar de lado propuestas que potencialmente opriman derechos. En el 25 aniversario de la world wide web, Tim Berners-Lee, su creador, llamó a la comunidad global a pensar en una Carta Magna para la red para así garantizar y promover aquellos principios y valores claves para una red abierta, global, democrática, segura, que proteja la privacidad, sea accesible, inclusiva y generativa. De la misma manera, Bolivia puede aprovechar este momento de debate para proponer una ley que promueva aquellos valores y principios que nosotros determinemos esenciales para un espacio digital democrático. Así podríamos asegurar un verdadero acceso a internet, que sea inclusivo y se vea acompañado de políticas que distribuyan los beneficios de la era digital y garanticen un sistema de libre expresión.

[1] El concepto “red social” puede tener muchas interpretaciones, pero dado el contexto en el que el oficialismo lo ha utilizado en las últimas semanas, lo interpreto como aquellas aplicaciones de la red que permiten a un usuario crear un perfil personal público o semi-público, (2) tener una lista de contactos, y (3) compartir contenidos y cruzar contactos con dicha lista.

[2] Traducción propia

[3] Pueden leer más sobre el Marco Civil de Internet de Brasil aquí.


 

*Este artículo fue publicado originalmente en La Pública el 14 de marzo, 2016

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